El próximo día 31 marzo finaliza el plazo para presentar el modelo 720, declaración de bienes y derechos en el extranjero. Este modelo será obligatorio para aquellos declarantes que posean o sean titulares o autorizados de:1.- cuentas en el extranjero,
2.- participaciones de entidades en el extranjero, seguros de vida contratados a una entidad extranjera
3.- y bienes inmuebles o derechos sobre bienes inmuebles en el extranjero.
Será obligatorio cuando los saldos a 31 de diciembre o los saldos medios del último trimestre superen los 50.000 €.
Cuando ya se ha presentado una declaración anterior del modelo 720 solo será obligatorio presentar declaraciones posteriores cuando los saldo varíen en más de 20.000 €.
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