El 14 de noviembre los negociadores de la Unión Europea y del Reino Unido alcanzaron un acuerdo para la salida ordenada del Reino Unido de la Unión Europea (BREXIT), que deberá ratificarse tanto por el Consejo y el Parlamento europeos como por el Parlamento británico.
El 29 de marzo de 2019 se hará efectiva su salida, convirtiéndose en un “tercer país”. El acuerdo de retirada contempla un período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2020, durante el que se seguirá aplicando la legislación comunitaria en el Reino Unido en relación al mercado interior, unión aduanera y las políticas comunitarias.
También se publicó el 14 de noviembre una Declaración política que establece las bases de la relación futura, una vez finalizado dicho período transitorio.
No obstante, si en la fecha de salida no estuviese en vigor el acuerdo, Reino Unido pasaría a tener la consideración de tercer país, sin ninguna preferencia específica. Esta situación podría tener un efecto significativo en la organización y/o en flujos logísticos de los operadores económicos, por lo que resulta necesario evaluar dicho impacto y adelantar, en la medida de lo posible, las tramitaciones necesarias.
Desde el punto de vista aduanero, dicha salida implicará, entre otras cuestiones, que los flujos de mercancías entre España y Reino Unido dejarán de tener la consideración de operaciones intracomunitarias para pasar a estar sujetos a formalidades aduaneras. Dichas formalidades incluyen la presentación de una declaración aduanera de importación/exportación o vinculación a otro régimen aduanero para cada envío, la realización de controles aduaneros, el pago de derechos arancelarias y otros gravámenes que se devenguen a la introducción o la necesidad de obtener certificaciones sanitarias, fitosanitarias, de calidad o de otro tipo para poder disponer de sus mercancías.
En Materia de IVA, los envíos a Reino Unido estarán exentos como exportaciones, siendo la declaración aduanera de exportación uno de los medios de prueba admitidos a efectos de justificar la exención.
Por el contrario, las importaciones desde Reino Unido estarán sujetas al pago del IVA a la importación.
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Alberto Cordón Suárez