El día 11 de febrero se publicó el Decreto 28/2016 de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos y de modificación del Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos turísticos.
A continuación os resumo los aspectos más importantes de este Decreto:
1.- El Decreto entra en vigor el día 12 de mayo
2.- A partir de esa fecha se podrá solicitar la inscripción en el Registro
3.- Las viviendas deben tener un equipamiento mínimo e información sobre los electrodomésticos y la zona
4.- Debe disponer de Hojas de Quejas y Reclamaciones y tener un cartel que lo indique en la vivienda
5.- Hay que disponer de un libro registro de viajeros a disposición de la administración y policía y hay que comunicarlo regularmente